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Certificados del Padrón de Habitantes

Descripción
INFORMACIÓN IMPORTANTE

• OPCIÓN 1: Obtención del certificado de empadronamiento individual o histórico.
Si dispones de firma digital, NO es necesario realizar este trámite, podrás obtener el certificado automáticamente en el enlace siguiente: Sede electrónica - Carpeta Ciudadana - Datos padrón de habitantes

Accederás a tu Carpeta Ciudadana: “Datos del Padrón de Habitantes” y podrás descargar el documento directamente.

• OPCIÓN 2: Si lo que necesitas es un certificado de empadronamiento colectivo (de inscripción), o personal cuando ya no resides en Dénia, sigue las instrucciones de este trámite.

OBJETO DEL TRÁMITE:
El certificado de empadronamiento acredita fehacientemente el hecho de empadronamiento actual o histórico, personal o colectivo (de inscripción) en el municipio de Dénia. Tiene carácter de documento público para todos los efectos administrativos.
  • Certificado de empadronamiento individual: Es el documento que acredita el empadronamiento de una persona en un domicilio, con los datos que constan en el Padrón de Habitantes.
  • Certificado de empadronamiento histórico: Es el documento que acredita la antigüedad de la inscripción en el municipio, para habitantes de alta.
También se puede pedir si la persona ha estado inscrita en el Padrón de habitantes y se ha dado de baja en el municipio de Dénia (por ejemplo, figura inscrita en el padrón de otro municipio). En este caso, podrá solicitar este certificado por el tiempo que ha estado inscrita y será necesario realizar el trámite, ya que no podrá descargar el documento directamente desde su Carpeta Ciudadana. 
  • Certificado de inscripción: es el documento que acredita el empadronamiento de las personas que conviven en un domicilio, con los datos que constan en el Padrón de Habitantes. 
Finalidad
Obtención de certificados de empadronamiento
Quien lo puede presentar
La persona interesada o su representante debidamente acreditado.
Plazos de Presentación
Durante todo el año.
Presentación
Las personas físicas son las que pueden elegir entre la tramitación presencial o telemática, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cambio, están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y el personal empleado público, además de las personas que representan a un obligado a relacionarse electrónicamente.

PRESENTACIÓN PRESENCIAL:
En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC Dénia) ubicada en la Plaza. de la Constitució, nº 10.
No es necesario cita previa.

PRESENTACIÓN TELEMÁTICA:
A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Dénia.
Para el acceso es necesario disponer de un certificado electrónico.

OTRAS FORMAS DE PRESENTACIÓN:
Las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (oficinas de correos, registros electrónicos de otras administraciones, RedSara, etc.).
Organo Gestor
PADRÓN DE HABITANTES
Plazo de resolución
En el trámite presencial los certificados se expedirán de manera inmediata. En la tramitación online en el plazo máximo de dos días hábiles (siempre que se presente la documentación necesaria y autorizaciones en los de inscripción.
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Normativa básica
  • Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local (texto consolidado).
  • Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el RD 1690/1986 y normas complementarias del Consejo de Empadronamiento (texto consolidado).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (texto consolidado).
  • Resolución 29 de abril de 2020, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal (BOE 2 de mayo de 2020).
Pago de tasas
Los certificados de empadronamiento son gratuitos.
Información Adicional
Documentación necesaria
- Si lo solicita la persona interesada: DNI, pasaporte o tarjeta de residencia (originales)
- Si actúa con representante, se tendrá que acreditar la representación.
- Si se solicita un certificado de inscripción:
  • Debes aportar autorización firmada por todas las personas mayores de edad inscritas en el domicilio, junto con copia de sus  documentos de identidad (si ya se prestó la conformidad en el momento del empadronamiento, no será necesario adjuntarla)
- La solicitud de los/las menores la realizará la persona progenitora o tutor/a legal, que presentará el DNI, Pasaporte o tarjeta de residencia (originales), además del libro de familia o certificado de nacimiento.
Documentación relacionada
Autorización

Autorización de personas empadronadas para los certificados de inscripción

Otorgamiento de representación

Impreso de otorgamiento de representación para realizar trámites con el Ayuntamiento de Dénia

Sol·licitud document del Padró d'habitants

Sol·licitud document del Padró d'habitants /Solicitud documento del Padrón de habitantes

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documents/Documentos a presentar
Solicitud certificado de empadronamiento
Solicitud para realizar la petición de certificado de empadronamiento.
Autorización
Autorización de personas empadronadas para los certificados de inscripción.
Documento acreditativo de la identidad
DNI, Pasaporte, Tarjeta Identidad Extranjero/a, Certificado Inscripción Registro Unión Europea (al no incluir fotografía se adjuntará pasaporte)
Libro de familia / Certificado de nacimiento
Documentos obligatorios para obtener certificados de empadronamiento de menores.
Otros documentos
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Ayuntamiento de Dénia
  • Plaza de la Constitución, 10 · 03700 Dénia
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