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Confirmación de residencia de extranjeros comunitarios

Descripción
El trámite permite confirmar la continuidad de residencia en el municipio a las personas extranjeras comunitarias o en las situaciones descritas, desde su alta en el Padrón Municipal de Habitantes o desde la última confirmación.
La confirmación se realizará:
  • Si figuran inscritas en el Registro Central de Extranjería: cada 5 años.
  • Si no figuran inscritas en el Registro Central de Extranjería: cada 2 años.
El trámite de los/las menores de edad, lo podrán realizar las personas progenitoras,  tutoras o representantes legales.
En caso de que dicha residencia no se haya confirmado,  se iniciará un expediente de baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes.
Finalidad
La solicitud permite confirmar la continuidad de residencia en el municipio a las personas extranjeras comunitarias o en las situaciones descritas, desde su alta en el Padrón Municipal de Habitantes o desde la última confirmación.
La confirmación se realizará:
  • Si figuran inscritas en el Registro Central de Extranjería: cada 5 años.
  • Si no figuran inscritas en el Registro Central de Extranjería: cada 2 años.
El trámite de los/las menores de edad, lo podrán realizar las personas progenitoras,  tutoras o representantes legales.
En caso de que dicha residencia no se haya confirmado,  se iniciará un expediente de baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes.

Confirmar la continuidad de residencia en el municipio.
Quien lo puede presentar
  • Ciudadanos/as de la Unión Europea y de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Personas extranjeras con Tarjeta de Residencia Comunitaria (por ser familiares de comunitarios/as).
  • Personas extranjeras No Comunitarias con Autorización de Residencia de larga duración.
  • En menores: las personas progenitoras, tutoras o representantes legales.
Plazos de Presentación
Durante todo el año.
Presentación
PRESENCIAL
En la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Dénia (OAC)
Plaza de la Constitución nº 10.
(sin cita previa)


ONLINE
A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Dénia
Confirmación de residencia de extranjeros comunitarios. (denia.es)

En las otras formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor
Oficina De Atención Ciudadana – Padrón De Habitantes Y Censo
Plazo de resolución
Inmediato en el momento de presentar la solicitud, siempre que la documentación requerida esté completa.
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Normativa básica
  • Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local (texto consolidado).
  • Real Decreto 2612/1996 que modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (texto consolidado).
  • Ley 14/2003 que modifica la Ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
  • Resolución 29 de abril de 2020, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal (BOE 2 de mayo de 2020).
Pago de tasas
Gratuito
Información Adicional
INFORMACIÓN ADICIONAL:

Los documentos de identificación personal tienen que estar en vigor. No se admitirán documentos caducados.

La confirmación de los/las menores se llevará a cabo por las personas progenitoras, tutoras o representantes legales, que cumplimentarán el Anexo II (confirmación presentada por representante) y adjuntarán la documentación del/de la menor, que se acreditará mediante el libro de familia o certificado de nacimiento.

Si son mayores de 14 años se presentará: Certificado inscripción en registro Unión Europea, Tarjeta de residencia de larga duración o pasaporte.

Si son menores de esta edad pero ya disponen de alguno los documentos, se aportará al trámite.

En la tramitación online todas las solicitudes y anexos se presentarán firmados electrónicamente.

En las solicitudes tramitadas por correo postal las firmas deberán ser originales.

Idioma de los documentos: se podrán presentar en los dos idiomas oficiales, valenciano y castellano, si se presenta en otro idioma se aportará una traducción realizada por el consulado correspondiente o por un/a traductor/a jurado/a.

Si tiene alguna duda le ayudaremos a través del email oac@ayto-denia.es o llamándonos al teléfono 965759555.

SE INFORMA QUE LA FALSEDAD EN LOS DATOS O DOCUMENTOS APORTADOS PUEDE SER CONSTITUTIVA DE DELITO.
Documentación relacionada
01 Solicitud confirmación de residencia

Solicitud de confirmación de residencia de personas extranjeras comunitarias (Bilingüe)

02 Anexo I-Confirmación residencia

Anexo I-Confirmación residencia: Solicitud para la confirmación de residencia de extranjeros/as comunitarios/as o con residencia de larga duración (NO_ENCSARP).

02 Anexo II-Confirmación residencia representant

Anexo II-Confirmación residencia por representante: Solicitud para la confirmación de residencia de extranjeros/as comunitarios/as o con residencia de larga duración (NO_ENCSARP) presentada por representante.

02 Annex I-Confirmació residència

Annex I-Confirmació residència: Sol·licitud per a la confirmació de residència d'estrangers/estrangeres comunitaris/comunitàries o amb residència de llarga duració (NO_ENCSARP).

02 Annex II-Confirmació residència representant

Annex II-Confirmació residència per representant: Sol·licitud per a la confirmació de residència d'estrangers/estrangeres comunitaris/comunitàries o amb residència de llarga duració (NO_ENCSARP) presentada per representant.

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentació/Documentación requerida
Solicitud confirmación de residencia
Solicitud de confirmación de residencia en el municipio de las personas extranjeras comunitarias, con tarjeta de régimen comunitario o con tarjeta de residencia de larga duración (NO_ENCSARP)
Anexo I-Confirmación residencia
Anexo I-Confirmación residencia: Solicitud para la confirmación de residencia de extranjeros/as comunitarios/as o con residencia de larga duración (NO_ENCSARP)
Anexo II-Confirmación residencia por representante
Anexo II-Confirmación residencia por representante: Solicitud para la confirmación de residencia de extranjeros/as comunitarios/as o con residencia de larga duración (NO_ENCSARP) presentada por representante.
Documento acreditativo identidad
Documento acreditativo identidad: Certificado registro central extranjeros UE junto con pasaporte o documento de identidad de su país (documentos con fotografía y en vigor) o Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (comunitaria o de larga duración) en vigor.
Libro familia/Certificado nacimiento (menores)
Libro familia/Certificado nacimiento para confirmación de menores de edad. Los documentos en otros idiomas se presentarán traducidos al valenciano o castellano. Si los/las menores disponen de documento acreditativo de identidad también se deberá aportar.
Otros documentos
Otros documentos: documentación que considere oportuno aportar al trámite.
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