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Compensación de Deudas

Descripción
Compensación de Deudas
Finalidad
Las personas obligadas tributarias, ya sean físicas o jurídicas, podrán solicitar la compensación de deudas que tengan contraídas con el Ayuntamiento de Dénia, bien de manera total o parcial, con los créditos reconocidos por acto administrativo a su favor.
Quien lo puede presentar
Para deudas en periodo voluntario: A solicitud del interesado/a Para deudas en periodo ejecutivo: A solicitud del interesado/a, o bien de oficio por la propia Administración.
Plazos de Presentación
Durante todo el año
Presentación
Telemática o presencial según lo establecido en la Ley 39/2015
Organo Gestor
Servicios Económicos
Plazo de resolución
6 meses
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos
* Recurso de Reposición * Recurso Contencioso-Administrativo
Normativa básica
* Ley 58/2003, 17 de diciembre, General Tributaria (arts. 59, 71 a 73) * Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (arts. 55 a 59) * Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de tributos locales.
Información Adicional
1. Cuando se presente la solicitud, si la documentación exigida no está completa, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de 10 días aporte la documentación pendiente, advirtiéndole que de no hacerlo su solicitud se considerará desistida, i se dará por finalizado el procedimiento, archivando la solicitud sin más trámite. 2. Si la solicitud se presenta en periodo ejecutivo, podrán suspenderse las actuaciones de enajenación de bienes y derechos. 3. La solicitud de compensación de deudas no impedirá la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de la deuda restante.
Documentación relacionada
Solicitud compensación deudas

Solicitud compensación deudas

Sol·licitud compensació deutes

Sol·licitud compensació deutes

Documentos a Presentar
Documentación requerida
Solicitud compensación de deudas
Documentación justificativa a compensar
Copia de la totalidad de recibos/liquidaciones a compensar
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