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Declaración Responsable Instalación Fotovoltaica Autoconsumo vivienda

Descripción
Presentar la declaración responsable de la instalación fotovoltaica que se pretende realizar ubicada sobre cubierta de vivienda legal, coplanar a la misma.
Finalidad
La persona interesada declara bajo su responsabilidad que las actuaciones que va a realizar están sujetas a declaración responsable de obra conforme a la normativa urbanística aplicable y adjunta toda la documentación a los efectos de iniciar la instalación.
La parte promotora, una vez efectuada bajo su responsabilidad la declaración de que cumple todos los requisitos exigibles para ejecutar la actuación de que se trate, y presentada esta ante el ayuntamiento o entidad local competente junto con toda la documentación exigida, estará habilitada para su inicio inmediato, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para el ejercicio del derecho y de la adecuación de lo ejecutado al contenido de la declaración.
Quien lo puede presentar
La persona interesada, sea titular o no del inmueble donde se pretenden las obras, directamente o a través de representante, adjuntando el impreso de otorgamiento de representación debidamente cumplimentado.

Están obligados a tramitar telemáticamente sus solicitudes:

Estarán obligados a tramitar con certificado electrónico los siguientes sujetos (Art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas):

Las personas jurídicas.
Las entidades sin personalidad jurídica.
Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.
Las personas físicas podrán elegir si realizan la tramitación con certificado electrónico o presencial.
Presentación
- De manera telemática:  a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Dénia, Declaración responsable instalación fotovoltaica autoconsumo vivienda.
- De manera presencial: en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC), ubicada en la Plaza de la Constitución, 10.
Así como en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, según el caso.
Con posterioridad a la presentación se efectuarán las comprobaciones técnicas oportunas por parte de los servicios municipales.
Organo Gestor
Control Urbanístico y Servicios Generales
Plazo de resolución
La Declaración responsable produce efectos desde la presentación del impreso de solicitud normalizado debidamente firmado junto con la documentación completa en los registros oficiales, sin necesidad de esperar a Resolución alguna (Art. 241 del TRLOTUP).
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos
Las resoluciones que puedan dictarse con ocasión de la fase de control administrativo posterior a la presentación de la declaración responsable, serán susceptibles de recurso potestativo de reposición en vía administrativa, a interponer en el plazo de 1 mes o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses. (Artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 en lo relativo al recurso de reposición, y articulo 46 de la Ley 29/1998 en lo relativo al contencioso-administrativo)
Normativa básica
Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica.
Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP)
Real Decreto legislativo 7/2015 de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Ordenanza reguladora de las licencias urbanísticas y ambientales, declaraciones responsables, comunicaciones previas y otros actos urbanísticos municipales.
Pago de tasas
Junto con la presentación de la declaración responsable, se debe adjuntar el justificante de haber abonado tanto las TASAS, como el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), calculadas sobre el presupuesto de las obras sin IVA o Presupuesto de Ejecución Material (PEM), según las ordenanzas fiscales, que establecen los siguientes porcentajes y cantidades mínimas:
TASAS: 0,9 % PEM* mínimo de 50 €
ICIO: 3,7 % PEM*
*PEM: es el Presupuesto de Ejecución Material, o presupuesto de las obras sin IVA. Las ordenanzas fiscales establecen los mínimos para el cálculo del PEM.
*Bonificación del ICIO: se puede solicitar a través de la sede electrónica, modelo 0194.C.2, la aplicación de la bonificación conforme al art. 5 de la O. F. reguladora del ICIO si se trata de una instalación que incorpore un sistema de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar para autoconsumo.
https://sede.denia.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000000462684699500
Información Adicional
Se encuentran sujetas a este régimen de declaración responsable las instalaciones fotovoltaicas emplazadas sobre las cubiertas de edificios de viviendas ubicadas:
- En suelo urbano (ZUR), salvo en edificios sujetos a protección histórico-artística.
- En suelo no urbanizable (ZRC y ZRP), con independencia de que sea común o protegido.
Sin necesidad de informes sectoriales (vid. criterio interpretativo 24 de abril de 2023 Servicio de Asesoramiento municipal e Intervención urbanística, Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad*), siempre que se trate de edificación legal, entendiendo por tal la que reúna los siguientes requisitos:
               Que cuente con licencia de obra y se ajuste a ella o carezca de licencia, pero se encuentre en el supuesto de la Disposición Transitoria 26 del TRLOTUP, construida en fecha anterior a 25/05/1975, y siga manteniendo en la actualidad el uso y las características tipológicas que tenía a la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo y no se encuentren en situación legal de ruina urbanística, lo que habrá de justificarse mediante certificado emitido por técnico competente.
Edificaciones ilegales:
-Cuando se trate de “vivienda” ilegal -no otro tipo de edificación o instalación- en suelo no urbanizable (ZRC-ZRP), la colocación de fotovoltaicas para autoconsumo en cubierta de edificación existente requerirá la tramitación de Licencia de minimización de impacto territorial (que en suelo no urbanizable protegido requerirá informes preceptivos y vinculantes de la Conselleria competente en materia de Urbanismo y, en su caso, de la administración competente por razón de los valores que determinan la protección del suelo, art. 215.2.c. TRLOTUP)
-Si no se trata de viviendas sino de otro tipo de instalaciones ilegales, no se podrán autorizar fotovoltaicas, aunque haya transcurrido el plazo de la acción de restablecimiento, en base al artículo 256 TRLOTUP.

EXCEPCIÓN: LICENCIA
- En edificios sujetos a protección histórico-artística: licencia de obra menor
- En suelo urbanizable o urbano sujeto a Planes de Reforma Interior o similar: licencia provisional
- Viviendas ilegales en suelo no urbanizable (ZRC-ZRP): Licencia de minimización de impacto territorial

*Criterio interpretativo 24 de abril de 2023 Servicio de Asesoramiento municipal e Intervención urbanística, Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=MXZSCNBJ:X74VUGAR:Z2SH81U2

** TRLOTUP: Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio.
***Siglas: ZUR (suelo urbano); SNU (suelo no urbanizable): ZRC (suelo rural común) y ZRP (suelo rural protegido) conforme al Plan General Estructural vigente.

Será de aplicación lo indicado para las Actuaciones sujetas a declaración responsable en el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, TR LOTUP, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
Consideraciones relevantes
Se deberá inscribir la instalación en el Registro de Instalaciones de Generación de energía eléctrica de baja tensión destinadas a autoconsumo (fotovoltaicas, etc.) de potencia instalada inferior o igual a 10 kW. Comunicación de alta (puesta en servicio), modificación, cambio de titularidad y baja e inscripción de las personas consumidoras conectadas en baja tensión asociadas a dichas instalaciones en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica de la Generalitat Valenciana. Exclusivamente de forma telemática por instalador/a habilitado/a.

RD 244/2019, de 5 de abril, instalación <10 kW. De acuerdo con dicho RD, este tipo de instalaciones se legalizarán mediante presentación de memoria técnica ante industria y no requerirán aprobación de la empresa distribuidora.


La declaración responsable de instalación fotovoltaica sobre cubierta de vivienda es válida desde el momento de su presentación, siempre que se adjunte toda la documentación y ésta sea veraz, de modo que, cuando cumpla estos requisitos, no requiere resolución para el inicio de las obras desde dicho momento de la presentación (art. 21.1.párrafo 3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), sin perjuicio de las facultades de comprobación de la administración municipal. En caso de inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o información, o la no presentación ante la administración de la documentación requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado:
a) Determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos.
b) Producirá las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar

En este sentido se pronuncia el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información consultar web Control urbanístico y Servicios Generales y en el documento descargable.
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5. INSTRUCCIONES SEDE ELECTRÓNICA CONTROL URBANÍSTICO

5. INSTRUCCIONS SEU ELECTRÒNICA CONTROL URBANÍSTIC

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentació/Documentación requerida
Impreso Decl. Resp. inst. fotovoltaica autoconsumo
Impreso de Declaración Responsable de instalación fotovoltaica de autoconsumo debidamente cumplimentado y firmado (hay que descargarlo previamente)
Justificante de abono de las tasas
Justificante de abono de las tasas y autoliquidación
Justificante de abono del ICIO
Justificante de abono del ICIO y autoliquidación. 3,7 %PEM. Hay que hacer el pago antes de guardar en pdf la autoliquidación y el justificante de pago. Hay que adjuntar la autoliquidación y el el justificante de pago
Plano de situación
Plano de situación referido al catastro, callejero o al planeamiento municipal
Plano con la ubicación de las obras
Plano con la ubicación de las obras dentro de la parcela con distancias a lindes o dentro del edificio
Presupuesto detallado de las obras (PEM)
Presupuesto detallado de las obras con mediciones (Presupuesto de ejecución material)
Plano de situación acotado del medio auxiliar en vía pública
Documentación medios auxiliares
Documentación medios auxiliares en caso de trabajos en altura: andamios, plataformas elevadoras. Marcado CE o plan de montaje, en caso de uso de andamio.
Documento suscrito por empresa gestora de residuos
Documento suscrito por empresa gestora de residuos autorizada de aceptación de residuos generados por la obra.
Proyecto técnico o memoria técnica de la instalación
Proyecto (potencia de la instalación >10kW) o Memoria técnica suscrita por técnico competente que acredite el cumplimiento de la normativa exigible según el RD 244/2019 (incluyendo descripción gráfica y escrita de la actuación y ubicación de las placas solares
Declaración responsable del técnico
Documento de declaración responsable del técnico en pdf firmada (hay que descargarlo previamente)
Aceptación de la dirección facultativa Documento
Aceptación de la dirección facultativa Documento en pdf firmado por técnico competente
Documentación acreditación legalidad vivienda
Documentación acreditación legalidad vivienda: licencia de obra, de ocupación, y/o documentación del registro de la propiedad.
Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud
Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud de conformidad con lo previsto en el R.D. 1627/97. Este podrá presentarse con el Proyecto Básico suficiente para obtener licencia de obras o bien con el posterior Proyecto de Ejecución
Estudio de gestión de residuos EGR
Estudio de gestión de residuos EGR EGR de conformidad con lo previsto en el R.D. 1627/97. Este podrá presentarse con el Proyecto Básico suficiente para obtener licencia de obras o bien con el posterior Proyecto de Ejecución
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